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<title>Revista de Estudios Tributarios</title>
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<updated>2026-05-09T01:42:56Z</updated>
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<title>IMPUESTO ADICIONAL EN EMPRESAS DEL RÉGIMEN PROPYME</title>
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<updated>2025-01-07T19:09:54Z</updated>
<summary type="text">IMPUESTO ADICIONAL EN EMPRESAS DEL RÉGIMEN PROPYME
El impuesto adicional es el tributo que afecta a las rentas de fuente chilena que son obtenidas por contribuyentes sin domicilio ni residencia en Chile. Este tributo está sujeto a reglas de retención que buscan resguardar el interés fiscal.
La aplicación de este tributo varía según el tipo de renta de que se trate, el cual incluye la obligación o no de presentar una declaración anual de impuestos a la renta por parte de los contribuyentes, y existen diferencias en la modalidad de retención, según el régimen en el que se encuentra la empresa.
En el presente reporte revisaremos las obligaciones que afectas a las empresas del régimen Propyme general y de trasparencia tributaria, que están reguladas en la letra D) del artículo 14 de la Ley sobre Impuesto a la Renta (LIR). Nuestro estudio también incluye las obligaciones que recaen sobre los propietarios de tales empresas.
Llamaremos régimen Propyme general a las empresas sujetas al N° 3 de la letra D) del artículo 14 de la LIR, en las cuales los propietarios tributan con base a retiros o distribuciones; y llamaremos régimen Propyme de transparencia tributaria a las empresas sujetas al N° 8 de la letra D) del artículo 14 de la LIR, en la cuales los propietarios no tributan con base al reparto de utilidades, sino sobre la renta que determina la pyme al término de cada ejercicio.
El impuesto adicional que afecta a las rentas que obtengan los propietarios de las empresas mencionadas es de tasa 35%, debiéndose determinar la correspondiente retención con igual tasa. Sin embargo, de la retención procede la rebaja del crédito por impuesto de primera categoría que puede tener distintas características que potencialmente dificultarían la determinación de la retención.
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<title>ASPECTOS TRIBUTARIOS DE LOS BONOS PERPETUOS</title>
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<updated>2025-01-07T19:09:54Z</updated>
<summary type="text">ASPECTOS TRIBUTARIOS DE LOS BONOS PERPETUOS
El trabajo describe en términos general algunos aspectos regulatorios de los llamados bonos sin plazo fijo de vencimiento o bonos perpetuos, para luego analizar sus diversos aspectos tributarios. También se refiere a algunos instrumentos de “Deductible Equity” o “Patrimonio Deducible” que se han emitido en el extranjero. Finalmente, contiene consideraciones generales respecto de los instrumentos híbridos de acuerdo con lo prescrito por la OECD, como también las normas introducidas por la Unión Europea y Estados Unidos.
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<title>Prólogo</title>
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<updated>2025-01-07T19:09:54Z</updated>
<summary type="text">Prólogo
La Revista de Estudios Tributarios es desarrollada por un multidisciplinario grupo de profesionales relacionados con la materia: abogados, contadores auditores, economistas, ingenieros comerciales, etc. quienes se han desarrollado profesionalmente en el sector público o privado, nacional e internacional. Es por ello que los temas tratados en la revista son abordados desde diversas perspectivas, por lo que los trabajos publicados en ella exponen de manera técnica y pedagógica los resultados de diversos análisis e investigaciones.
El presente número publicamos varios artículos de interés, entre los cuales destacamos los trabajos de nuestros alumnos de magíster. Los estudiantes que han realizado los trabajos más destacados de dicho programa, son invitados anualmente a modificarlos para ser publicados en la Revista.
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<title>EXCESO DE ENDEUDAMIENTO: FALTA DE ARMONIZACIÓN FRENTE A ENTIDADES CON DOBLE RESIDENCIA</title>
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<updated>2025-01-07T19:09:54Z</updated>
<summary type="text">EXCESO DE ENDEUDAMIENTO: FALTA DE ARMONIZACIÓN FRENTE A ENTIDADES CON DOBLE RESIDENCIA
Los grupos empresariales pueden recurrir a diferentes mecanismos de elusión fiscal, tales como precios de transferencia, treaty shopping, pagos a paraísos fiscales, exceso de endeudamiento, entre otros, lo cual impacta en la recaudación del país. Si bien en Chile se incorporaron normas de control con la finalidad de mitigar la elusión y evasión fiscal internacional, de igual modo hay mecanismos que no han sido abordados por la legislación interna, por lo que, los grupos empresariales pueden gestionar sus políticas tributarias y así obtener, ya sea, beneficios o sanciones de aquello.
En el presente estudio se desarrolla el caso donde un contribuyente chileno, quien, en su calidad de deudor, cumple con la relación de 3 veces el patrimonio sobre 1 de deuda, que establece artículo 41 F de la Ley de impuesto a la Renta sobre el exceso de endeudamiento. Mientras que, a su vez existe una tercera jurisdicción que considera residente a esta entidad, dado que la sede de dirección se encuentra en dicho país, lo que provoca que el deudor tenga doble residencia fiscal, dando lugar a una entidad de doble residencia. Dada la implementación de un mecanismo híbrido, es posible deducir el gasto financiero, tanto en Chile como en el extranjero, puesto que la normativa local no contempla estas situaciones, las cuales han sido descritas por la Organización para la Cooperación y Desarrollo Económico (en adelante “OCDE”) en la acción N°2 del plan BEPS.
Con el fin de mitigar los riesgos que podrían afectar a un grupo empresarial debido a la implementación de estos mecanismos, se proponen una serie de recomendaciones que podrían servir como guía, asegurando prácticas empresariales que cumplan con las regulaciones internacionales. Estas medidas podrían alinearse con las directrices entregadas por la OCDE, a través del plan BEPS.
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