Legitimación para solicitar permiso e informes administrativos sobre servidumbres de edificación eléctrica fuera de los límites urbanos
Author
Arancibia Mattar, Jaime
Abstract
Este trabajo tiene por objeto precisar el significado de la expresión “propietario” del artículo 116 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones, para efectos de determinar el sujeto legitimado parasolicitar los informes administrativos a que hace referencia el artículo 55 inciso 4 del mismo texto legal. En el caso que el propietario de un predio constituya una servidumbre de edificación eléctrica en favor de un tercero, la definición anteriores fundamental para fijar quién será el sujeto legitimado para presentar dichas solicitudes.