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dc.creatorMontt Oyarzún, Santiago
dc.date2016-07-25
dc.date.accessioned2019-09-11T15:02:33Z
dc.date.available2019-09-11T15:02:33Z
dc.identifierhttps://revistaderechopublico.uchile.cl/index.php/RDPU/article/view/42462
dc.identifier10.5354/rdpu.v0i65.42462
dc.identifier.urihttps://revistaschilenas.uchile.cl/handle/2250/109197
dc.descriptionDesde la perspectiva del Derecho Público en General, y del Administrativo en particular, una de las misiones más relevantes del Congreso es poner en práctica el principio de legalidad. Aunque sea algo obvio, no por ello debemos pasarlo por alto: si el Congreso no legisla, o no lo hace bien, la vinculación de la Administración al ordenamiento se debilita. Hay aquí una ecuación básica del Derecho Público que no debe jamás olvidarse: a menor programación normativa legal, mayor discrecionalidad administrativa. No debe entonces extraííar que, estando atribuido por ley a lo menos el contorno sustantivo de una potestad, la Administración no se detenga ante la falta de densidad normativa de forma ylo fondo, sino más bien, termine por disponer de una mayor discrecionalidad como consecuencia de esta carencia.es-ES
dc.formatapplication/pdf
dc.languagespa
dc.publisherFacultad de Derecho, Universidad de Chilees-ES
dc.relationhttps://revistaderechopublico.uchile.cl/index.php/RDPU/article/view/42462/44484
dc.sourceRevista de Derecho Público; Núm. 65 (2003): Estudios sobre Congreso Nacional; Págs. 118-133es-ES
dc.sourceRevista de Derecho Público; Núm. 65 (2003): Estudios sobre Congreso Nacional; Págs. 118-133en-US
dc.source0719-5249
dc.source0716-0267
dc.titleEl procedimiento administrativo: una tarea esencial aún pendiente para el Congresoes-ES
dc.typeinfo:eu-repo/semantics/article
dc.typeinfo:eu-repo/semantics/publishedVersion


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