Show simple item record

Excepción del Artículo 1683 del Código Civil relativa a personas que pueden solicitar la nulidad absoluta

dc.creatorLarraín Ríos, Hernán
dc.date1993-12-31
dc.date.accessioned2020-07-15T12:35:27Z
dc.date.available2020-07-15T12:35:27Z
dc.identifierhttp://revistas.uach.cl/index.php/revider/article/view/3175
dc.identifier.urihttps://revistaschilenas.uchile.cl/handle/2250/144958
dc.descriptionLa nulidad y la rescisión figuran entre los modos de extinguir las obligaciones (Nº 8 del artículo 1567). En realidad, la nulidad y la rescisión no constituyen un modo de extinguir obligaciones, sino que son una causa legal de disolución de los contratos y de los actos jurídicos. Indirectamente, extinguen las obligaciones convencionales y únicamente las convencionales, haciendo desaparecer o atacando la fuente de donde tales obligaciones emanan. Destruido el contrato, como la unidad opera con efecto retroactivo, se reputa que nunca el contrato ha sido celebrado y, por consiguiente, que nunca han nacido de él obligaciones. En este sentido, la nulidad y la rescisión extinguen las obligaciones contractuales...es-ES
dc.languagespa
dc.publisherUniversidad Austral de Chile, Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales.es-ES
dc.relationhttp://revistas.uach.cl/index.php/revider/article/view/3175/2597
dc.rightsDerechos de autor 1993 Revista de Derechoes-ES
dc.sourceRevista de Derecho; Vol. 4 (1993); 67-72es-ES
dc.source0718-0950
dc.source0716-9132
dc.titleen-US
dc.titleExcepción del Artículo 1683 del Código Civil relativa a personas que pueden solicitar la nulidad absolutaes-ES
dc.typeinfo:eu-repo/semantics/article
dc.typeinfo:eu-repo/semantics/publishedVersion


This item appears in the following Collection(s)

Show simple item record