INTERPRETACIÓN DEL ARTÍCULO 64, INCISO 4° DE LA CONSTITUCIÓN
Author
Precht Pizarra, Jorge Enrique
Abstract
1. HISTORIA LEGISLATIVA
El artículo 64, inciso 4° de la Constitución de 1980, proviene de la Constitución de 1925, cuyo artículo 44 N° 4 dispuso: "No podrá el Congreso aprobar ningún nuevo gasto con cargo a los fondos de la Nación, sin crear o indicar, al mismo tiempo, las fuentes de recursos necesarios para atender a dicho gasto"...