Estado regulador, discrecionalidad técnica y jurisdicción especializada bajo el derecho energético mexicano
Regulatory State, Technical Discretionary and Specialized Jurisdiction under the Mexican Energy Law
Author
Marmolejo Cervantes, Miguel Angel
Abstract
Las reformas constitucionales en materia de competencia económica, telecomunicaciones y energía vinieron a generar cambios profundos en los paradigmas legales tradicionales. Uno de ellos es el principio de la división de poderes, el cual ahora es modulado a través de la teoría del Estado regulador, cuya creación obedece a la jurisprudencia emitida por la Suprema Corte de Justicia mexicana. En la reforma estructural de competencia económica y telecomunicaciones, se implementó un modelo de jurisdicción especializada, no así para el caso de la reforma en materia de energía del 2013. Sin embargo, el modelo de jurisdicción especializada se aplica, en materia energética, para ciertos casos específicos y por analogía, a fin de resolver las controversias derivadas de la regulación emitida por los reguladores. Se identifica una relación simbiótica entre la discrecionalidad técnica y la deferencia judicial. Por tal motivo, debe existir un equilibrio de poder entre los órganos reguladores y los juzgados especializados. Constitutional reforms in areas of economic competition, telecommunications and energy led profound changes in traditional legal paradigms. One of them is the principle of division of powers, which is now regulated through the theory of the Regulatory State, whose creation obeys in terms of the jurisprudence issued by the Mexican Supreme Court of Justice. In the economic competition and telecommunications constitutional reform a model of specialized jurisdiction was implemented, although it was not for the case of the 2013 energy reform. However, the specialized jurisdiction model is applied in energy matters, for certain specific cases and by analogy, to resolve disputes derived from regulation issued by regulators. A symbiotic relationship is identified between technical discretionary and judicial deference. For this reason, there must be a balance of power between regulatory bodies and specialized Courts.