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dc.creatorGonzalez, Rene
dc.date2017-12-10
dc.date.accessioned2020-11-04T13:35:00Z
dc.date.available2020-11-04T13:35:00Z
dc.identifierhttps://www.gestionytendencias.cl/index.php/GT/article/view/49
dc.identifier10.11565/gesten.v2i4.49
dc.identifier.urihttps://revistaschilenas.uchile.cl/handle/2250/157514
dc.descriptionEl actual tratamiento tributario del Goodwill y el Badwill produce desigualdad tributaria. En el caso del Goodwill, esta se explica por la imposibilidad de que el contribuyente reconozca pérdidas efectivas surgidas en un proceso de fusión, sino hasta que la organización que las registra se disuelva o lleve a cabo el término de su giro empresarial. En el caso del Badwill, esta  surge de la tributación de utilidades que eventualmente ya tributaron en sus orígenes. Estas situaciones podrían incentivar al contribuyente a buscar alternativas para evitar una potencial doble tributación interna o a reconocer, justificadamente y en el corto plazo, las pérdidas generadas en un determinado proceso de fusión de sociedades. Una alternativa para contrarrestar estos efectos es, por medio de una modificación legal, reconocer el genuino derecho a utilizar las pérdidas y buscar una metodología que permita distinguir utilidades que ya tributaron en sus organizaciones de origen.es-ES
dc.formatapplication/pdf
dc.languagespa
dc.publisherCHIMERA INNOVA GROUPes-ES
dc.relationhttps://www.gestionytendencias.cl/index.php/GT/article/view/49/pdf
dc.rightsDerechos de autor 2017 Gestión y Tendenciases-ES
dc.rightshttps://creativecommons.org/licenses/by-nc/4.0es-ES
dc.sourceGESTIÓN Y TENDENCIAS; Vol. 2 Núm. 4 (2017); 4-10es-ES
dc.source0719-6768
dc.source0719-6768
dc.source10.11565/gesten.v2i4
dc.titleCuestionando el Tratamiento Tributario del Goodwilles-ES
dc.typeinfo:eu-repo/semantics/article
dc.typeinfo:eu-repo/semantics/publishedVersion


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