Conscientious objection: between freedom and rights
Objeción de conciencia: entre libertades y derechos
Author
Robledo, Paz
Full text
https://revistasaludpublica.uchile.cl/index.php/RCSP/article/view/5324910.5354/0719-5281.2018.53249
Abstract
Chile’s Law 21.030 decriminalized the voluntary interruption of pregnancy in three situations (when the woman’s life is at risk, where the fetus has a lethal malformation, and in pregnancies resulting from rape), and also, for the first time in national legislative history, introduced the right to conscientious objection for clinical teams that participate directly in abortion procedures for the three situations considered in the Law. This Law spurred a broad social and legislative debate, and one year after its implementation, it is concerning to observe that the clinical teams’ conscientious objections have been principle barrier impeding women’s access to these health benefits, despite their legal right. This article seeks to contribute to the national debate on the role of health professionals in this new legal-sanitary scenario, where the balance between the personal freedoms of professionals and the legitimate right of women to access the services defined in Law 21.030 are at the center of the discussion. These are expressed either as an opportunity or as a definitive threat to the rule of law, which is to say, to our democracy. La Ley 21.030 de Chile despenalizó la interrupción voluntaria del embarazo en tres causales (riesgo de vida de la mujer, malformación de carácter letal del feto y embarazo producto de violación), e introdujo por primera vez en la legislación del país, el derecho a la objeción de conciencia de los equipos clínicos que participan directamente de los procedimientos de vaciamiento uterino de las gestaciones en que concurre alguna de las tres situaciones consideradas en la Ley. Esta Ley tuvo un amplio debate social y legislativo, y a un año de su implementación podemos observar con preocupación, que la objeción de conciencia de los equipos clínicos se alza como la principal barrera de acceso a las prestaciones de salud a las cuales tienen derechos las mujeres en estas situaciones en Chile.1,2 El presente artículo espera aportar al debate nacional sobre el rol de los profesionales de salud ante el nuevo escenario jurídico-sanitario, donde el equilibrio entre las libertades personales de los profesionales y el legítimo derecho de las mujeres a poder acceder a los servicios definidos en la Ley 21.030 estén en el centro de la discusión, y se expresan como una oportunidad o definitivamente una amenaza al estado de derecho, es decir a nuestra democracia