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dc.creatorGonzález Matamala, Luciano
dc.creatorFuentes Berríos, Agustín
dc.date2022-12-30
dc.date.accessioned2023-03-10T12:44:42Z
dc.date.available2023-03-10T12:44:42Z
dc.identifierhttps://revistas.udec.cl/index.php/revista_de_derecho/article/view/6471
dc.identifier10.29393/RD252-9NSGF20009
dc.identifier.urihttps://revistaschilenas.uchile.cl/handle/2250/223406
dc.descriptionEl Tercer Tribunal Ambiental, en aplicación de la teoría de la invalidación impropia, ha entendido que la norma de clausura del artículo 17 N° 8 de la Ley N° 20.600 no resulta aplicable al recurso de invalidación, así resulta posible en la jurisprudencia de dicho tribunal, que respecto de una misma Resolución de Calificación Ambiental se presenten distintas vías recursivas tendientes a su nulidad. En este trabajo abordaremos específicamente la relación entre el recurso del 17 N° 6 y el 17 N°8 de la Ley N° 20.600, junto con un análisis crítico de la propuesta de solución que el Tercer Tribunal Ambiental ha sostenido, consistente en que conseguida la declaración de nulidad respecto de una de las acciones (en su propio proceso) la otra (ventilada en un proceso distinto) perdería, al perseguir una nulidad que ya se ha declarado, de forma sobreviniente su objeto.es-ES
dc.formatapplication/pdf
dc.languagespa
dc.publisherUniversidad de Concepción, Facultad de Ciencias Jurídicas y Socialeses-ES
dc.relationhttps://revistas.udec.cl/index.php/revista_de_derecho/article/view/6471/9316
dc.rightsDerechos de autor 2022 Luciano R. González Matamala, Agustín Fuentes Berríoses-ES
dc.rightshttps://creativecommons.org/licenses/by/4.0es-ES
dc.sourceRevista de Derecho Universidad de Concepción; Vol. 90 Núm. 252 (2022); 229-243es-ES
dc.source0718-591X
dc.source0303-9986
dc.subjectDerecho al recursoes-ES
dc.subjectTutela judicial efectivaes-ES
dc.subjectPerdida del objetoes-ES
dc.subjectPérdida del objetoes-ES
dc.subjectacción de reclamación general ambientales-ES
dc.subjectresolución de calificación ambientales-ES
dc.subjectinvalidaciónes-ES
dc.titleNOTAS SOBRE LA PÉRDIDA DEL OBJETO EN EL TERCER TRIBUNAL AMBIENTAL.: LA RELACIÓN ENTRE EL 17 N° 6 Y EL 17 N° 8 DE LA LEY N°20.600 DESDE UNA PERSPECTIVA CRÍTICA.es-ES
dc.typeinfo:eu-repo/semantics/article
dc.typeinfo:eu-repo/semantics/publishedVersion
dc.typeArtículoses-ES
dc.typeTextoes-ES


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