The Environmental Function of Civil Property: The Crisis of the Division Between Public Law and Private Law
La función ambiental de la propiedad civil: la crisis de la división entre derecho público y derecho privado
Author
de Rosas Andreu, Jaime Ignacio
Abstract
The Chilean Civil Code's treatment of environmental matters shows how the boundary between public and private law is diluted. First, it will be argued that in its articles, the Civil Code contemplates the environmental function of property, and that the protection of the civil property right also means protecting the right to live in an unpolluted environment, embodied in article 19 N.° 8 of the Political Constitution of the Republic, while recognizing the restrictions of the social function emanating from its article 19 N.° 24. Secondly, it will be shown that the legal foundations incorporated in the core of the Andres Bello’s Code allow us to establish a constitutionalization of Private Law, given that the civil norms that protect the environment are coherent and compatible with the Political Constitution. Finally, it will be shown that the constitutional rules do not shape or distort the understanding of private law on environmental protection, but rather the opposite phenomenon: private law nourishes constitutional norms. En el tratamiento de materias medioambientales que realiza el Código Civil chileno es posible apreciar la forma en que el límite entre derecho público y privado se diluye. Primero, se argumentará que, en su articulado, el Código contempla una función ambiental de la propiedad y que la protección del derecho de propiedad civil significa, también, proteger el derecho de vivir en un medioambiente libre de contaminación, consagrado en el artículo 19 número 8 de la Constitución Política de la República, a la vez que reconoce las restricciones de la figura de la función social emanada del artículo 19 número 24 de la misma Carta Fundamental. En segundo término, se ilustrará que los fundamentos jurídicos insertos en el núcleo del Código de Andrés Bello permiten predicar una constitucionalización del derecho privado, dado que las normas civiles que tutelan el medioambiente son coherentes y compatibles con la Constitución Política. Finalmente, se demostrará que los preceptos constitucionales no moldean ni tergiversan la comprensión del derecho privado sobre la protección medioambiental, sino que es el fenómeno inverso: el derecho privado nutre las normas constitucionales.