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dc.creatorHanisch Espíndola, Hugo
dc.date1989-01-01
dc.date.accessioned2019-04-15T13:41:53Z
dc.date.available2019-04-15T13:41:53Z
dc.identifierhttps://historiadelderecho.uchile.cl/index.php/RCHD/article/view/24349
dc.identifier10.5354/rchd.v0i15.24349
dc.identifier.urihttp://revistaschilenas.uchile.cl/handle/2250/32188
dc.descriptionAl abocarse al estudio del derecho común que se generó en Europa en el período de la Baja Edad Media, que constituye un fenómeno protagonizado por los juristas, que surge de esa nueva clase social de las Universidades fundadas y que dio lugar al desarrollo de una ciencia o cultura jurídica cuya aplicación se difundió extensamente, se plantea la interrogante de saber si este proceso llegó a considerarse aplicable en las Indias sometidas a la corona de Castilla. Este trabajo no pretende una exhaustiva investigación, de por sí difícil y extensa, pero me ha sido posible encontrar un informe del Dr. Juan de Solórzano Pereyra, miembro del Consejo de Indias y del Real Consejo de Castilla, en que expone una tesis de derecho común aplicable a los funcionarios que se desempeñaban en las colonias españolas.es-ES
dc.formatapplication/pdf
dc.languagespa
dc.publisherUniversidad de Chile. Facultad de Derechoes-ES
dc.relationhttps://historiadelderecho.uchile.cl/index.php/RCHD/article/view/24349/25704
dc.sourceRevista Chilena de Historia del Derecho; Núm. 15 (1989); Pág. 93-104es-ES
dc.source0719-5451
dc.source0716-5447
dc.titleUn informe de Solorzano Pereyra sobre derecho común para las indiases-ES
dc.typeinfo:eu-repo/semantics/article
dc.typeinfo:eu-repo/semantics/publishedVersion


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