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dc.creatorFernández Toledo,Raúl
dc.date2014-01-01
dc.date.accessioned2019-04-25T12:38:35Z
dc.date.available2019-04-25T12:38:35Z
dc.identifierhttps://scielo.conicyt.cl/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S0718-00122014000200005
dc.identifier.urihttp://revistaschilenas.uchile.cl/handle/2250/60720
dc.descriptionPuede suceder que en la constitución de un sindicato se respeten todas las formalidades legales, pero no exista ánimo colectivo, al no perseguirse con el mismo ninguno de los objetivos que le son propios, sino otros totalmente ajenos y, en ocasiones, además, dejar sin efecto actos jurídicos laborales válidamente ejecutados al amparo de normas jurídicas imperativas. Ante tal circunstancia, se analiza en el presente trabajo si estos sindicatos en nuestro derecho son lícitos, o por el contrario, ilícitos; debiendo para ello recurrirse a los principios jurídicos, por no existir regla legal expresa que solucione el problema. De concluirse que son ilícitos, es necesario determinar ante qué tipo de ilícito se está presente y la sanción que corresponde aplicar.
dc.formattext/html
dc.languagees
dc.publisherUniversidad de Talca, Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales
dc.relation10.4067/S0718-00122014000200005
dc.rightsinfo:eu-repo/semantics/openAccess
dc.sourceIus et Praxis v.20 n.2 2014
dc.titleLa constitución de sindicatos con fines ilícitos y sus efectos jurídicos en el derecho del trabajo chileno


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