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dc.creatorMardones Osorio,Marcelo
dc.date2014-01-01
dc.date.accessioned2019-04-25T12:38:35Z
dc.date.available2019-04-25T12:38:35Z
dc.identifierhttps://scielo.conicyt.cl/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S0718-00122014000200009
dc.identifier.urihttp://revistaschilenas.uchile.cl/handle/2250/60724
dc.descriptionEn el presente trabajo se analiza la comprensión de que, manera general, los organismos reguladores y la doctrina nacional poseen en relación a la operación de modificación estructural denominada división de sociedades. En dicho análisis, se cuestiona la comprensión tradicional de la división societaria como una asignación de cuotas preexistentes de una universalidad, postulando que en nuestro país, siguiendo las experiencias comparadas, es posible -y necesario-comprender la división de sociedades como una operación de modificación estructural en cuya virtud se opera el traspaso uno actu e in universum ius de porciones patrimoniales en virtud de la técnica de la sucesión universal parcial.
dc.formattext/html
dc.languagees
dc.publisherUniversidad de Talca, Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales
dc.relation10.4067/S0718-00122014000200009
dc.rightsinfo:eu-repo/semantics/openAccess
dc.sourceIus et Praxis v.20 n.2 2014
dc.titleDivisión de sociedades y sucesión universal


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