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dc.creatorGoldenberg Serrano,Juan Luis
dc.date2016-01-01
dc.date.accessioned2019-04-25T12:38:46Z
dc.date.available2019-04-25T12:38:46Z
dc.identifierhttps://scielo.conicyt.cl/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S0718-00122016000100004
dc.identifier.urihttp://revistaschilenas.uchile.cl/handle/2250/60777
dc.descriptionEl presente trabajo pretende efectuar un acercamiento a la noción de perjuicio que envuelve el ejercicio de las acciones revocatorias concursales previstas en el Capítulo VI de la Ley Nº 20.720. Al efecto, se propone que el perjuicio no se presenta como un concepto unívoco en las diversas acciones reguladas en nuestro ordenamiento, sino que se disocia en el perjuicio a la masa pasiva y a la masa activa. De este modo, la comprobación del requisito se deberá efectuar en consideración a sus propios términos específicos, lo que, a su vez, tiene incidencia en los efectos jurídicos aplicables al caso y en la ponderación de la correcta asignación del riesgo de revocación de los actos para no alterar las bases fundamentales de la certeza jurídica.
dc.formattext/html
dc.languagees
dc.publisherUniversidad de Talca, Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales
dc.relation10.4067/S0718-00122016000100004
dc.rightsinfo:eu-repo/semantics/openAccess
dc.sourceIus et Praxis v.22 n.1 2016
dc.subjectDerecho concursal
dc.subjectAcciones revocatorias
dc.subjectPerjuicio
dc.titleEl perjuicio como justificación de la revocación concursal


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