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dc.creatorMATUS FUENTES,MARCELO
dc.date2017-09-01
dc.date.accessioned2019-04-25T12:38:53Z
dc.date.available2019-04-25T12:38:53Z
dc.identifierhttps://scielo.conicyt.cl/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S0718-00122017000100003
dc.identifier.urihttp://revistaschilenas.uchile.cl/handle/2250/60812
dc.descriptionEl presente artículo revisa los principales aspectos jurídicos -sustantivos y adjetivos- de la elusión en el Código Tributario. El sentido de las palabras que el legislador utiliza para definir la elusión y los particularismos del procedimiento establecido para declararla judicialmente, en nuestra opinión, constituye el establecimiento de instituciones jurídicas nuevas y propias de la disciplina tributaria, y no se trata de una simple remisión a conceptos del Derecho común. El concepto de elusión que introduce la Ley N° 20.780 crea una categoría jurídica nueva que podemos llamar "negocios jurídicos elusivos", esto es, negocios lícitos, que nacen a la vida del Derecho, pero que resultan inoponibles al Fisco sólo para establecer la verdadera y justa carga tributaria que intentan evitar, disminuir o diferir.
dc.formattext/html
dc.languagees
dc.publisherUniversidad de Talca, Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales
dc.relation10.4067/S0718-00122017000100003
dc.rightsinfo:eu-repo/semantics/openAccess
dc.sourceIus et Praxis v.23 n.1 2017
dc.subjectElusión
dc.subjectnegocio jurídico elusivo
dc.subjectsimulación
dc.subjectabuso de formas jurídicas
dc.titleLa elusión tributaria y su sanción en la Ley N° 20.780: Hacia un concepto de negocio jurídico elusivo


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