Show simple item record

dc.creatorRIED UNDURRAGA,IGNACIO
dc.date2017-09-01
dc.date.accessioned2019-04-25T12:38:56Z
dc.date.available2019-04-25T12:38:56Z
dc.identifierhttps://scielo.conicyt.cl/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S0718-00122017000100016
dc.identifier.urihttp://revistaschilenas.uchile.cl/handle/2250/60825
dc.descriptionLa sentencia condenatoria penal pronunciada en un juicio abreviado o en uno simplificado en que existió admisión de responsabilidad del imputado, no resulta una vía idónea para el descubrimiento de la verdad en el proceso y, por ello, no es aplicable la norma del art. 178 CPC que permite hacer valer la sentencia condenatoria penal en el juicio civil de indemnización de perjuicios. Esto, porque se trata de una verdad consensuada, no adversarial ni tampoco fruto de un juicio jurisdiccional. Sin embargo, la admisión de los hechos en el juicio abreviado, por parte del imputado, podrá ser considerada como una confesión extrajudicial en el proceso civil, bajo determinadas circunstancias.
dc.formattext/html
dc.languagees
dc.publisherUniversidad de Talca, Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales
dc.relation10.4067/S0718-00122017000100016
dc.rightsinfo:eu-repo/semantics/openAccess
dc.sourceIus et Praxis v.23 n.1 2017
dc.subjectJuicio abreviado
dc.subjectcosa juzgada
dc.subjectart. 178 CPC
dc.subjectverdad en el proceso
dc.subjectconfesión extrajudicial
dc.titleEl efecto de la sentencia condenatoria del procedimiento abreviado en el juicio indemnizatorio por responsabilidad civil ex delicto


This item appears in the following Collection(s)

Show simple item record