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dc.creatorBernet Páez,Manuel Antonio
dc.date2018-12-01
dc.date.accessioned2019-04-25T12:39:08Z
dc.date.available2019-04-25T12:39:08Z
dc.identifierhttps://scielo.conicyt.cl/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S0718-00122018000200431
dc.identifier.urihttp://revistaschilenas.uchile.cl/handle/2250/60883
dc.descriptionResumen: La presente investigación pretende determinar el ámbito subjetivo de aplicación de la Ley de competencia desleal. Al efecto, la Ley Nº 20.169, de 2007, no reglamenta de manera expresa esta materia, lo cual ha ocasionado una jurisprudencia dispar, siendo particularmente criticable una línea interpretativa estricta que postula que tanto el autor como la víctima de una conducta desleal deben ser empresarios, los cuales deben disputar una misma clientela, exigencia que se denomina relación de competencia. Por el contrario, en este estudio proponemos que el ámbito subjetivo de esta Ley debe ser entendido en términos amplios, puesto que su tutela no se encuentra constreñida sólo a los empresarios competidores, sino a todo aquel agente que participe en el mercado, y cuyos intereses legítimos se vean afectados por un acto de competencia desleal.
dc.formattext/html
dc.languagees
dc.publisherUniversidad de Talca, Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales
dc.relation10.4067/S0718-00122018000200431
dc.rightsinfo:eu-repo/semantics/openAccess
dc.sourceIus et Praxis v.24 n.2 2018
dc.subjectDerecho comercial
dc.subjectDerecho de la Competencia desleal
dc.subjectÁmbito de aplicación
dc.titleEl ámbito subjetivo de aplicación de la Ley de competencia desleal


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