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dc.creatorCandia Falcón,Gonzalo
dc.date2017-12-01
dc.date.accessioned2019-04-25T13:20:00Z
dc.date.available2019-04-25T13:20:00Z
dc.identifierhttps://scielo.conicyt.cl/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S0718-09502017000200008
dc.identifier.urihttp://revistaschilenas.uchile.cl/handle/2250/73588
dc.descriptionEste trabajo busca demostrar que los desiderata del Estado propuestos por Lon Fuller promueven la protección de los derechos fundamentales. Esto en la medida que su cumplimiento necesariamente limita la capacidad de la autoridad -sea esta dictatorial, totalitaria o democrática- para infringir dichos derechos. En este contexto, el autor también plantea que los desiderata del estado de derecho no están exclusivamente al servicio de fines puramente formales, como asegurar la eficacia del sistema jurídico, sino que también ellos buscan permitir a las personas el ejercicio significativo de su libertad personal. Mediante aquello, el estado de derecho reconoce la dignidad de las personas, fundamento último de los derechos.
dc.formattext/html
dc.languagees
dc.publisherUniversidad Austral de Chile. Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales
dc.relation10.4067/S0718-09502017000200008
dc.rightsinfo:eu-repo/semantics/openAccess
dc.sourceRevista de derecho (Valdivia) v.30 n.2 2017
dc.subjectEstado de derecho
dc.subjectmoralidad interna del derecho
dc.subjectderechos fundamentales
dc.titleEl estado de derecho: ¿al servicio de los derechos fundamentales?


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