Show simple item record

dc.creatorMartínez,José Ignacio
dc.creatorZúñiga Urbina,Francisco
dc.date2011-01-01
dc.date.accessioned2019-04-30T16:40:22Z
dc.date.available2019-04-30T16:40:22Z
dc.identifierhttps://scielo.conicyt.cl/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S0718-52002011000100007
dc.identifier.urihttp://revistaschilenas.uchile.cl/handle/2250/79205
dc.descriptionSi bien el Derecho nos ofrece siempre varias soluciones posibles aplicables a un caso o situación, la determinación de cuál de ellas es la más adecuada es lo mismo que preguntarse cuál de todas ellas es la más razonable. En este trabajo se analizará el origen del principio de razonabilidad y la forma en que ha sido desarrollado en Estados Unidos. Asimismo, se señalará la forma en que este principio ha sido recogido en nuestra Constitución, y cómo ha sido aplicado por la jurisprudencia de nuestro Tribunal Constitucional, para finalmente extraer un listado de criterios de razonabilidad emanados de dicha jurisprudencia.
dc.formattext/html
dc.languagees
dc.publisherUniversidad de Talca. Centro de Estudios Constitucionales
dc.relation10.4067/S0718-52002011000100007
dc.rightsinfo:eu-repo/semantics/openAccess
dc.sourceEstudios constitucionales v.9 n.1 2011
dc.subjectEl principio de razonabilidad
dc.subjectjurisprudencia del Tribunal Constitucional
dc.titleEL PRINCIPIO DE RAZONABILIDAD EN LA JURISPRUDENCIA DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL


This item appears in the following Collection(s)

Show simple item record