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dc.creatorGordillo Pérez,Luis I
dc.date2012-01-01
dc.date.accessioned2019-04-30T16:40:25Z
dc.date.available2019-04-30T16:40:25Z
dc.identifierhttps://scielo.conicyt.cl/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S0718-52002012000100006
dc.identifier.urihttp://revistaschilenas.uchile.cl/handle/2250/79243
dc.descriptionElpresente artículo analiza actividad sancionadora del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas desde la perspectiva constitucional. Tras constatar las dificultades iniciales para exigir responsabilidad a las organizaciones internacionales en general, el trabajo se centra en las llamadas sanciones "inteligentes", directas o selectivas y en las vías para limitar este poder sancionador del Consejo de Seguridad. El autor concluirá que es necesario que dicho organismo vaya asumiendo progresivamente los principios constitucionales que otros ordenamientos de naturaleza constitucional manejan para garantizar la legitimidad de su poder sancionador, la efectividad de dichas sanciones así como contribuir a la progresiva estabilización de las relaciones interordinamentales.
dc.formattext/html
dc.languagees
dc.publisherUniversidad de Talca. Centro de Estudios Constitucionales
dc.relation10.4067/S0718-52002012000100006
dc.rightsinfo:eu-repo/semantics/openAccess
dc.sourceEstudios constitucionales v.10 n.1 2012
dc.subjectConsejo de Seguridad de la ONU
dc.subjectSanciones inteligentes
dc.subjectordenamientos constitucionales
dc.subjectderechos fundamentales
dc.titleHACIA UNA PROGRESIVA CONSTITUCIONALIZACIÓN DEL PODER SANCIONADOR DEL CONSEJO DE SEGURIDAD DE LA ONU


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