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dc.creatorCazor Aliste, Kamel
dc.date2016-07-21
dc.date.accessioned2019-05-10T18:39:42Z
dc.date.available2019-05-10T18:39:42Z
dc.identifierhttps://revistaderechopublico.uchile.cl/index.php/RDPU/article/view/42447
dc.identifier10.5354/rdpu.v0i65.42447
dc.identifier.urihttp://revistaschilenas.uchile.cl/handle/2250/93198
dc.descriptionEn la actualidad, al desaparecer el principio monárquico, se mantiene como única fuente de legitimidad el principio democrático, que reconoce la primacía de la ley dentro de su estructura. Ya que, como bien indica P. Biglino, lo que cualifica a la ley en el sistema de fuentes es su procedimiento de elaboración, pues continúa siendo la única norma elaborada por un órgano que expresa la voluntad popular en su conjunto, mediante un procedimiento de carácter participativo que permite a los ciudadanos conocer -garantizando la expresión de las minorías- la posición que han adoptado sus representantes. Es así como la función legislativa de los Parlamentos se traduce en una determinada forma de actuación del principio democrático.es-ES
dc.formatapplication/pdf
dc.languagespa
dc.publisherFacultad de Derecho, Universidad de Chilees-ES
dc.relationhttps://revistaderechopublico.uchile.cl/index.php/RDPU/article/view/42447/44475
dc.sourceRevista de Derecho Público; Núm. 65 (2003): Estudios sobre Congreso Nacional; Págs. 14-27es-ES
dc.sourceRevista de Derecho Público; Núm. 65 (2003): Estudios sobre Congreso Nacional; Págs. 14-27en-US
dc.source0719-5249
dc.source0716-0267
dc.titleLa esfera de la función legislativa del Congreso Nacional a la luz de la relación ley-reglamento en la Constitución chilenaes-ES
dc.typeinfo:eu-repo/semantics/article
dc.typeinfo:eu-repo/semantics/publishedVersion


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