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dc.creatorRibera Neumann, Teodoro
dc.date2016-06-16
dc.date.accessioned2019-05-10T18:39:54Z
dc.date.available2019-05-10T18:39:54Z
dc.identifierhttps://revistaderechopublico.uchile.cl/index.php/RDPU/article/view/41664
dc.identifier10.5354/rdpu.v0i66.41664
dc.identifier.urihttp://revistaschilenas.uchile.cl/handle/2250/93266
dc.descriptionE1 18 de noviembre de 2003 e1 TribunaI Constitucional dictó una sentencia y precisó que es competente para conocer de la constitucionalidad de un decreto con fuerza de ley cuando excede o contraviene su ley delegatoria. Este fallo se originó en un requerimiento presentado por veinte H. Senadores, treinta y un H. Diputados y, por primera vez, la propia Cámara Baja, en el que sostuvieron que el Decreto con Fuerza de Ley N° 21 de1 Ministerio de Hacienda de 2003 (DFL 21), modificatorio de la ley orgánica de la Empresa Nacional de Minería (ENAMI), había excedido e1 marco de la ley delegatoria, por lo que era inconstitucional. Cabe destacar que la Contraloria General de la República ya había hecho toma de razón de este decreto con fuerza de ley, y el mismo se había publicado en el Diario Oficial y estaba produciendo efectos juridicos, tanto que se había procedido a modificar la conformación del directorio de ENAMI y los nuevos integrantes estaban ejerciendo sus funciones en plenitud.es-ES
dc.formatapplication/pdf
dc.languagespa
dc.publisherFacultad de Derecho, Universidad de Chilees-ES
dc.relationhttps://revistaderechopublico.uchile.cl/index.php/RDPU/article/view/41664/43172
dc.sourceRevista de Derecho Público; Núm. 66 (2004); Págs. 121-144es-ES
dc.sourceRevista de Derecho Público; Núm. 66 (2004); Págs. 121-144en-US
dc.source0719-5249
dc.source0716-0267
dc.titleEl control constitucionalidad de los Decretos con Fuerza de Ley por el Tribunal Constitucional: el artículo 82, n°3 de la Constituciónes-ES
dc.typeinfo:eu-repo/semantics/article
dc.typeinfo:eu-repo/semantics/publishedVersion


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