Franciscan Roots of Suarecian Theory about law
Raíces franciscanas de la teoría suareciana de la ley
Author
Lázaro Pulido, Manuel
Abstract
The present study aims to identify the possible Franciscan sources of Francisco Suarez’s concept of law by presenting his position towards natural and positive law, as well as its naturalistic characteristics. His non-reductionist view of the law leaves space for a free interpretation about the role of man’s will, both as an individual and as a community. Three key features of the Franciscan teachings can be identified in Suarez’s nobility and depths of thought. The first one corresponds to the role of intelligence and will to establish the law. In this aspect, Francisco de Castro is used as reference, who shows depicts Franciscan characteristics in relation to the understanding and will faculties, and to the epistemologically limiting character of the particular. Suarez’s reasoning also resembles the Franciscan teachings in his remarks about the obligatory nature of the law inscribed in the Decalogue, especially those related to the Subtle Doctor. Finally, the third feature rests upon the Suarecian law theory about the origin of the legal authority, which finds its roots in de Castro. En el presente artículo indagamos en las posibles fuentes franciscanas del concepto de ley de Francisco Suárez. Tras realizar una breve exposición sobre su posición sobre la ley natural y la ley positiva en la que se señalan, así como las características naturalistas de la misma, intentando no caer en una lectura reduccionista. Luego se deja libre espacio interpretativo acerca del papel de la voluntad humana y de la comunidad humana. La novedad y profundidad de su pensamiento y sus consecuencias permiten rastrear, al menos, tres aspectos que remiten al pensamiento franciscano: 1) El primero responde al papel de la inteligencia y la voluntad en la formación de la ley, aquí señalamos como referencia la teorización realizada por el franciscano Alfonso de Castro -más franciscano que escotista-, que mantiene, los ecos de la escuela no solo en lo referente a las facultades del entendimiento y voluntad, sino también en lo referente al carácter epistemológicamente limitante de lo particular. 2) El segundo tiene que ver con la obligatoriedad de la ley inscrita en el decálogo, donde Suárez rememora sus lecturas franciscanas, especialmente las del Doctor Sutil. 3) La tercera descansa en el papel de la teoría suarista de la ley sobre el origen de la potestad, retomando, de nuevo, la raíz que nace de Alfonso de Castro, quien no desdeñara a su maestro Francisco de Victoria, pero a quien no siguió de manera pastueña, como tampoco hará Suárez de las lecturas tomistas.