Embargo sobre los derechos sociales
Author
Medina Infante, Roberto
Full text
https://revistaderecho.ucn.cl/index.php/revista-derecho/article/view/223310.22199/issn.0718-9753-2233
Abstract
Prescribe el Artículo 2096 del Código Civil que "Los acreedores de un socio no tienen acción sobre los bienes sociales sino por hipoteca anterior a la sociedad, o por hipoteca posterior, cuando el aporte del inmueble no conste por inscripción en el competente Registro.