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dc.contributorAgencia Nacional de Investigación y Desarrollo de Chile (Fondecyt Regular)es-ES
dc.creatorAdolfo Andrés Wegmann Stockebrand; Pontificia Universidad Católica de Chile
dc.date2022-09-23
dc.date.accessioned2022-09-26T20:42:59Z
dc.date.available2022-09-26T20:42:59Z
dc.identifierhttp://www.rehj.cl/index.php/rehj/article/view/1156
dc.identifier.urihttps://revistaschilenas.uchile.cl/handle/2250/210002
dc.descriptionEl presente artículo aborda el caso, excepcional desde una perspectiva dogmática, aunque, con toda probabilidad, bastante difundido en la práctica comercial romana, consistente en la posibilidad de que adquiera la calidad de mutuante y, por tanto, de legitimado activo de la condictio, una persona distinta de quien efectivamente ha realizado la datio. Si bien lo anterior pudiera parecer prima facie en contradicción con el principio, ampliamente reconocido en las fuentes, según el cual la obligación restitutoria del mutuario nace de la datio, se funda más bien en el valor que la jurisprudencia romana otorgó al consensus en el ámbito del mutuum, no solo para configurar su estructura negocial, sino que también para determinar la persona a la cual se debe restituir el tantundem, aunque la dación mutuaria sea efectuada a nombre de otro (alterius nomine).es-ES
dc.formatapplication/pdf
dc.languagees
dc.publisherPontificia Universidad Católica de Valparaísoes-ES
dc.rights La Revista se encuentra registrada a nombre de :Pontificia Universidad Católica de ValaparaísoAvenida Brasil 2950Casilla 4059ValparaisoChileTeléfono: (56) (32) 2273000Fax: (56) (32) 2273183
dc.sourceRevista de Estudios Histórico-Jurídicos; Vol 1, N° 44 (2022)es-ES
dc.subjectDerecho Romanoes-ES
dc.subjectdación mutuaria; alterius nomine; contrato real; condictio.es-ES
dc.titleObservaciones sobre la dación mutuaria alterius nominees-ES
dc.typees-ES


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