Norma y principio en el jus commune
Norma y principio en el jus commune
Author
Francisco Carpintero Benítez; Universidad de Cádiz
Abstract
El estudio ofrece una síntesis de algunos aspectos de la metodología de los juristas del Jus Commune y de algunos teólogos influidos por ella. El autor diferencia claramente dos momentos de la reflexión sobre la ciencia jurídica. Uno, el anterior al siglo XVII, y el otro, que comienza en el siglo XVI, que en el plano filosófico general fue el representado por Gabriel Vázquez de Belmonte, Luis de Molina y Francisco Suárez. Gabriel Vázquez se rebeló estruendosamente frente a Tomás de Aquino -y con él, frente al espíritu de la filosofía práctica medieval- y le siguieron por este camino Molina y Suárez. Lo propio de estos teólogos fue la adopción del criterio ex objecto en la ética, según el cual, la bondad o maldad dependen intrínseca y radicalmente de la conducta misma; de modo que el saber práctico se resuelve en el conocimiento de las natura­lezas de las cosas en la mente divina; así que, manente natura rationali, lo bueno será tal siempre, y lo mismo sucederá con los actos malos moralmente. La consecuencia más in­mediata es que la doctrina de la ley natural se pobló con esencias eternas e inmutables. La Edad Media no había visto así las re­laciones entre el momento general (más bien teórico) y el momento práctico, siempre concreto. El autor se apoya en Pedro de Bellapertica, Albertus Bolognettus, François Conan, Johannes Althusius, y, entre los teó­logos, especialmente en Tomás de Aquino, para mostrar lo que explicaba Johann Eisenhart a mediados de la Ilustración: que la lógica es siempre rígida y procede desde lo general a lo particular, mientras que la metafísica enseña a obtener las causas desde los efectos, los principios desde los principiata los primeros elementos desde los últimos, los antecedentes desde los consecuentes y el todo desde las partes. This article presents a synthesis of some aspects in the method used by the Jus Commune jurists and by some theologians influenced by it. The author makes a clear distinction between two instances of the reflection over the juridical science. One, that pre­vious to the XVII century; the other, that at the onset of the XVI century which, on the general philosophical level, was the one represented by Gabriel Vásquez de Belmonte, Luis de Molina, and Francisco Suárez. Gabriel Vásquez fiercely rebelled against Thomas of Aquinas -and, with him, against the spirit of practical medieval philosophy- and Molina and Suárez followed suit. The work of these theologians is characterized by their adoption of the ex objecto in ethics, ac­cording to which good and evil intrinsically and radically depend on behavior itself, so that practical knowledge is determined by knowledge of the nature of things in the di-vine mind; therefore, manente natura rationali, good shall always be good, and the same shall be true of morally evil acts. The most immediate consequence is that the natural law doctrine was filled with eternal and immutable essences. The Middle Ages had not seen the relationships between the general (rather, theoretical) instance and the practical, always concrete, instance in this way. The article is supported by the works of Pedro de Bellapertica, Albertus Bolognettus, François Conan, Johannes Althusius and, among the theologians, Thomas of Aquinas in particular, to show what Johann Eisenhart would explain in mid-Enlightenment: that logic is always rigid and goes from the general to the particular, whereas metaphysics teaches us to learn that the causes come from the effects, the principles from the principiata, the first elements from the last ones, the antecedent from the consequence, and the whole from its parts.