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dc.contributores-ES
dc.creatorInés Calero Secall; Universidad de Málaga
dc.date2013-05-24
dc.date.accessioned2019-04-12T16:43:20Z
dc.date.available2019-04-12T16:43:20Z
dc.identifierhttp://www.rehj.cl/index.php/rehj/article/view/n34.a01
dc.identifier.urihttp://revistaschilenas.uchile.cl/handle/2250/27980
dc.descriptionA las mujeres griegas se les permitió estar presente en los funerales, pero desde el período arcaico las legislaciones funerarias prohibieron las lamentaciones femeninas, las laceraciones y la suntuosidad. Solón excluyó a las mujeres que no tenían relación de parentesco con el difunto, excepto a las mayores de 60 años. Motivos suntuarios podrían estar detrás de esta estipulación para eliminar las plañideras de alquiler, pero sobre todo hubo un intento de restringir la presencia de las mujeres en público. Se puede examinar una significativa discriminación de las mujeres en la legislación funeraria de Gambrio (siglo III a. C.). Esta ley sancionaba a las mujeres y no a los hombres que no observaran estas reglas.es-ES
dc.formatapplication/pdf
dc.languagees
dc.publisherPontificia Universidad Católica de Valparaísoes-ES
dc.rights La Revista se encuentra registrada a nombre de :Pontificia Universidad Católica de ValaparaísoAvenida Brasil 2950Casilla 4059ValparaisoChileTeléfono: (56) (32) 2273000Fax: (56) (32) 2273183
dc.sourceRevista de Estudios Histórico-Jurídicos; N° 34 (2012)es-ES
dc.subjectLegislación funeraria; Exequias y mujeres; Leyes de Atenas; Leyes de Yulis; Leyes de Gambrio.es-ES
dc.titleLos legisladores griegos y sus preceptos sobre las mujeres en los funeraleses-ES
dc.typees-ES


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