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dc.contributorFondecytes-ES
dc.creatorCarlo Salinas Araneda; Pontificia Universidad católica de Valparaíso
dc.date2013-05-24
dc.date.accessioned2019-04-12T16:43:21Z
dc.date.available2019-04-12T16:43:21Z
dc.identifierhttp://www.rehj.cl/index.php/rehj/article/view/n34.a11
dc.identifier.urihttp://revistaschilenas.uchile.cl/handle/2250/27994
dc.descriptionLa redacción del primer Código de Derecho Canónico que tuvo la Iglesia latina fue ordenada por el Papa san Pío X en 1904. La tarea codificadora, empero, no fue obra de un grupo cerrado de expertos, sino que tuvo en cuenta el parecer del episcopado latino, el que fue consultado en dos momentos diferentes; en ambos fueron consultados los obispos de Venezuela. En este trabajo se estudia, a partir de la documentación guardada en el Archivo Secreto Vaticano, el aporte de los obispos de la provincia eclesiástica de Venezuela en el primero de dichos momentos, cuando los obispos fueron consultados acerca de las principales modificaciones y correcciones que debían hacerse al derecho canónico en vigor.es-ES
dc.formatapplication/pdf
dc.languagees
dc.publisherPontificia Universidad Católica de Valparaísoes-ES
dc.rights La Revista se encuentra registrada a nombre de :Pontificia Universidad Católica de ValaparaísoAvenida Brasil 2950Casilla 4059ValparaisoChileTeléfono: (56) (32) 2273000Fax: (56) (32) 2273183
dc.sourceRevista de Estudios Histórico-Jurídicos; N° 34 (2012)es-ES
dc.subjectCodificación canónica; Código de Derecho Canónico de 1917; Provincia eclesiástica de Venezuela; Postulata episcoporum.es-ES
dc.titleLos obispos de la provincia eclesiástica de venezuela y la codificación del derecho canónico de 1917: Los "postulata episcoporum"es-ES
dc.typees-ES


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