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dc.creatorBravo Lira, Bernardino
dc.date1991-01-01
dc.date.accessioned2019-04-15T13:42:58Z
dc.date.available2019-04-15T13:42:58Z
dc.identifierhttps://historiadelderecho.uchile.cl/index.php/RCHD/article/view/24446
dc.identifier10.5354/rchd.v0i14.24446
dc.identifier.urihttp://revistaschilenas.uchile.cl/handle/2250/32407
dc.descriptionCarlos III tiene, sin duda, bien ganado un lugar entre los monarcas reformadores del siglo XVIII. Pero cabe preguntarse si es también un príncipe ilustrado, como sus contemporáneos un Federico II de Prusia (1740-86), un Pedro Leopoldo de Toscana (1765-90) o un José 11 de Austria (1780-90).Esta cuestión ha sido abordada desde dos puntos de vista, uno histórico y otro institucional. Palacio Atard comparó la teoría del absolutismo ilustrado con los hechos del mismo en España. Posteriormente, José Antonio Escudero se centró en la Junta de Estado como exponente de una forma de concebir el gobierno y de gobernar. De este modo, el camino está en gran parte abierto.No obstante, la atención se ha centrado en demasía sobre la acción de los ministros ilustrados: un Pombal, un Gálvez, un Aranda. A diferencia de lo que ocurre en los países de habla alemana o italiana, dentro del área castellano-portuguesa, son todavía escasas las investigaciones acerca del absolutismo ilustrado en países pequeños y medianos.Sin embargo, antes de abordar un estudio pormenorizado es menester precisar en sus grandes líneas la política al por mayor, que abarca toda la monarquía. Aquí el reinado de Carlos III (1759-1788) es una época clave. En el curso de él se acomete la tarea de redefinir esa política de acuerdo a los ideales de la Ilustración.es-ES
dc.formatapplication/pdf
dc.languagespa
dc.publisherUniversidad de Chile. Facultad de Derechoes-ES
dc.relationhttps://historiadelderecho.uchile.cl/index.php/RCHD/article/view/24446/25802
dc.sourceRevista Chilena de Historia del Derecho; Núm. 14 (1991); Pág. 11-34es-ES
dc.source0719-5451
dc.source0716-5447
dc.titleEl absolutismo ilustrado en España e Indias bajo Carlos III (1759-1788). De la visión judicial a la visión administrativa del gobierno con motivo de un bicentenarioes-ES
dc.typeinfo:eu-repo/semantics/article
dc.typeinfo:eu-repo/semantics/publishedVersion


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