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dc.creatorMatus A,Jean Pierre
dc.date2013-01-01
dc.date.accessioned2019-04-25T12:46:30Z
dc.date.available2019-04-25T12:46:30Z
dc.identifierhttps://scielo.conicyt.cl/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S0718-33992013000200001
dc.identifier.urihttp://revistaschilenas.uchile.cl/handle/2250/61813
dc.descriptionEl artículo plantea la cuestión acerca de si la ley penal chilena es suficiente para abarcar todos los casos de responsabilidad penal individual por un hecho colectivo reconocidos por el Derecho penal internacional. Al respecto se concluye que la remisión de la Ley N° 20.357 a las reglas generales del Código penal es insuficiente para lograr ese propósito. Al mismo tiempo, se propone una revisión de la actual tendencia a emplear conceptos tales como autoría mediata y de joint criminal enterprise, en vez de aplicar directamente las reglas del Derecho internacional que permiten la imputación a título de responsabilidad por el mando o del superior.
dc.formattext/html
dc.languagees
dc.publisherUniversidad de Talca
dc.relation10.4067/S0718-33992013000200001
dc.rightsinfo:eu-repo/semantics/openAccess
dc.sourcePolítica criminal v.8 n.16 2013
dc.subjectDerecho penal internacional
dc.subjectResponsabilidad por el hecho colectivo
dc.subjectautoría mediata
dc.subjectempresa criminal conjunta
dc.subjectLey chilena sobre crímenes internacionales
dc.titleLas formas de responsabilidad criminal por el hecho colectivo en el Derecho internacional y en el derecho interno chileno conforme a la Ley N° 20.357


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