dc.description | El autor sostiene que para la adecuada comprensión del derecho a la vida consagrado en la Constitución de 1980 es necesario entenderlo como un derecho natural y obra de Dios, que se tiene por el solo hecho de ser persona, y que consiste en el derecho de mantener la vida o conservarla frente a los demás hombres, o si se quiere, en el derecho a que nadie nos la quite, y a que no pueda suprimirla ni cercenarla ni siquiera su propio sujeto. Para este análisis, el autor hace un recorrido por el constitucionalismo clásico y la noción de derecho natural en los autores clásicos, deteniéndose en el estudio del momento en que comienza la vida humana y su apoyo en legislación, doctrina y jurisprudencia nacional y extranjera. En este punto comenta, además, las inconstitucionalidad de prácticas como la fecundación in vitro y el mal llamado aborto terapéutico. Concluye el autor comprendiendo en este derecho a la integridad física y psíquica de la persona, señalando además que toda figura básica de atentado contra ella, como el homicidio, el suicidio y la mutilación del cuerpo, junto con sus derivados, como el aborto y la eutanasia, son conductas intrínsecamente malas que ninguna causa puede justificar. | |