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dc.creatorVIVANCO MARTÍNEZ,ÁNGELA
dc.date2008-12-01
dc.date.accessioned2019-04-25T13:00:14Z
dc.date.available2019-04-25T13:00:14Z
dc.identifierhttps://scielo.conicyt.cl/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S0718-34372008000300009
dc.identifier.urihttp://revistaschilenas.uchile.cl/handle/2250/64113
dc.descriptionEl fallo del Tribunal Constitucional acerca de la llamada "Pildora del día después" o "Pildora del día siguiente" ha venido a zanjar una larga controversia que se inició en los tribunales ordinarios de justicia y que, más que determinar si el fármaco tiene o no un efecto antianidatorio, es decir, si impide o no que el cigoto pueda seguir su desarrollo en el útero de la madre, ha significado la decisión de brindar protección al embrión humano ante la posibilidad de daño, lo cual importa un pronunciamiento precautorio en torno al derecho a la vida y considerar necesaria la protección del ser humano desde el momento de la concepción.
dc.formattext/html
dc.languagees
dc.publisherPontificia Universidad Católica de Chile. Facultad de Derecho
dc.relation10.4067/S0718-34372008000300009
dc.rightsinfo:eu-repo/semantics/openAccess
dc.sourceRevista chilena de derecho v.35 n.3 2008
dc.subjectderecho a la vida
dc.subjectembrión humano
dc.subjectprincipio precautorio
dc.subjectautonomía
dc.subjectconflicto de derechos
dc.titleLA PÍLDORA DEL DÍA DESPUÉS


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