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dc.creatorCorral Talciani,Hernán
dc.date2009-04-01
dc.date.accessioned2019-04-25T13:00:17Z
dc.date.available2019-04-25T13:00:17Z
dc.identifierhttps://scielo.conicyt.cl/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S0718-34372009000100004
dc.identifier.urihttp://revistaschilenas.uchile.cl/handle/2250/64125
dc.descriptionResumen: La Ley 19.947 introdujo por primera vez en Chile el divorcio como forma de terminación del matrimonio. Pese a ello la ley no modificó el art. 102 del Código Civil que define el matrimonio como un contrato por el cual los cónyuges se unen indisolublemente y por toda la vida. El trabajo explora alternativas para solucionar esta eventual antinomia o contradicción de reglas. Se argumenta que no es satisfactoria la alternativa de considerar derogada tácitamente la regla del art. 102 del Código Civil ni tampoco la idea de reinterpretar la voz indisolubilidad como imposibilidad de los cónyuges de disolver por sí mismos el vínculo matrimonial. Se sugiere una fórmula de armonización que consiste en sostener la vigencia simultánea, aunque con ámbitos de aplicación diferentes, de dos conceptos de matrimonio en la actual legislación chilena.
dc.formattext/html
dc.languagees
dc.publisherPontificia Universidad Católica de Chile. Facultad de Derecho
dc.relation10.4067/S0718-34372009000100004
dc.rightsinfo:eu-repo/semantics/openAccess
dc.sourceRevista chilena de derecho v.36 n.1 2009
dc.subjectMatrimonio
dc.subjectDivorcio
dc.subjectindisolubilidad
dc.subjectantinomia
dc.subjectderogación
dc.titleSENTIDO Y ALCANCE DE LA DEFINICIÓN DE MATRIMONIO DEL ARTÍCULO 102 DEL CÓDIGO CIVIL, DESPÚES DE LA INSTRODUCCIÓN DEL DIVORCIO VINCULAR POR LA LEY 19.947, DE 2004


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