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dc.creatorGuzmán Brito,Alejandro
dc.date2011-04-01
dc.date.accessioned2019-04-25T13:00:28Z
dc.date.available2019-04-25T13:00:28Z
dc.identifierhttps://scielo.conicyt.cl/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S0718-34372011000100004
dc.identifier.urihttp://revistaschilenas.uchile.cl/handle/2250/64201
dc.descriptionLa nueva "Ley de prenda sin desplazamiento", contenida en el artículo 14 de la Ley Nº 20.190, autoriza la pignoración de "valores emitidos sin impresión física del título que los evidencie", que en otro lenguaje se llaman "valores desmaterializados". El artículo indaga los principales extremos del concepto de tales valores y expone el régimen de su pignoración, que no solo deriva del artículo 8 de la nueva "Ley de prenda sin desplazamiento", pues también lo conciernen ciertas disposiciones de la Ley Nº 18.876, de 1989, sobre sociedades de depósito de valores y aun de otros cuerpos legales.
dc.formattext/html
dc.languagees
dc.publisherPontificia Universidad Católica de Chile. Facultad de Derecho
dc.relation10.4067/S0718-34372011000100004
dc.rightsinfo:eu-repo/semantics/openAccess
dc.sourceRevista chilena de derecho v.38 n.1 2011
dc.subjectPrenda sin desplazamiento
dc.subjectValores desmaterializados
dc.subjectPrenda de valores desmaterializados
dc.titleLA PRENDA SIN DESPLAZAMINTO DE VALORES DESMATERIALIZADOS O EMITIDOS SIN LA IMPRESIÓN FÍSICA DEL TÍTULO QUE LOS EVIDENCIE


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