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dc.creatorGonzález Castillo,Joel
dc.date2013-09-01
dc.date.accessioned2019-04-25T13:00:44Z
dc.date.available2019-04-25T13:00:44Z
dc.identifierhttps://scielo.conicyt.cl/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S0718-34372013000300002
dc.identifier.urihttp://revistaschilenas.uchile.cl/handle/2250/64321
dc.descriptionEn este trabajo el autor examina la compensación económica que un cónyuge debe pagar al otro en caso de divorcio o nulidad con cargo a los fondos previsionales de su cuenta de capitalización individual. Se revisa la historia de la ley, su fundamento y límites. Igualmente se analiza una eventual extralimitación de la Circular N° 1503 dictada por la Superintendencia de Pensiones al haber excluido las cuentas individuales voluntarias y los afiliados pasivos. Con estadísticas se demuestra el uso exponencial que se está haciendo de estos fondos para pagar, como consecuencia de la falta de otros recursos, la compensación económica debida al otro cónyuge. Finalmente se trata el tema de la eventual inconstitucionalidad del artículo 80 de la Ley N° 20.225 y su congruencia con el sistema legislativo en general.
dc.formattext/html
dc.languagees
dc.publisherPontificia Universidad Católica de Chile. Facultad de Derecho
dc.relation10.4067/S0718-34372013000300002
dc.rightsinfo:eu-repo/semantics/openAccess
dc.sourceRevista chilena de derecho v.40 n.3 2013
dc.subjectMatrimonio
dc.subjectdivorcio
dc.subjectcompensación económica
dc.subjectfondos previsionales
dc.titlePAGO DE LA COMPENSACIÓN ECONÓMICA EN LOS JUICIOS DE DIVORCIO Y NULIDAD CON FONDOS DE CAPITALIZACIÓN INDIVIDUAL


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