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dc.creatorFernández Cruz,José Ángel
dc.date2010-01-01
dc.date.accessioned2019-04-25T13:18:12Z
dc.date.available2019-04-25T13:18:12Z
dc.identifierhttps://scielo.conicyt.cl/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S0718-97532010000100003
dc.identifier.urihttp://revistaschilenas.uchile.cl/handle/2250/72824
dc.descriptionEl juicio constitucional de proporcionalidad constituye el criterio estructural para la concreción de los derechos fundamentales que puede otorgar una mayor protección constitucional a los principios y límites al Ius puniendi. El Tribunal Constitucional tiene como cometido establecer qué principios y límites penales se pueden incorporar a las disposiciones o normas de derecho fundamental y, de esta manera, configurar un sistema de precedentes en el control constitucional de las leyes penales. No obstante, la inherente irracionalidad que contienen cualquier test de constitucionalidad y, por tanto, también el de proporcionalidad, puede mitigarse a través de la incorporación de algunas reglas o reformas fundamentadas en la legitimación democrática y, en especial, la discursiva.
dc.formattext/html
dc.languagees
dc.publisherUniversidad Católica del Norte
dc.relation10.4067/S0718-97532010000100003
dc.rightsinfo:eu-repo/semantics/openAccess
dc.sourceRevista de derecho (Coquimbo) v.17 n.1 2010
dc.subjectProporcionalidad penal
dc.subjectTribunal Constitucional
dc.subjectracionalidad discursiva
dc.titleEL JUICIO CONSTITUCIONAL DE PROPORCIONALIDAD DE LAS LEYES PENALES: ¿LA LEGITIMACIÓN DEMOCRÁTICA COMO MEDIO PARA MITIGAR SU INHERENTE IRRACIONALIDAD?


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