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dc.creatorLEITAO ÁLVAREZ-SALAMANCA,FRANCISCA
dc.date2015-01-01
dc.date.accessioned2019-04-25T13:18:36Z
dc.date.available2019-04-25T13:18:36Z
dc.identifierhttps://scielo.conicyt.cl/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S0718-97532015000200008
dc.identifier.urihttp://revistaschilenas.uchile.cl/handle/2250/73030
dc.descriptionPara elaborar el concepto clásico de la donación romana non mortis causa y entre personas extrañas, se ha discutido sobre la necesidad de elementos subjetivos y objetivos. Esto porque la donación no es un acto típico formal, sino más bien una causa. La existencia de los elementos subjetivos de la donación ha significado la creación de toda una doctrina acerca del el animus donandi como un elemento adicional por alguna parte de la doctrina romanística. El objeto de este trabajo es dilucidar si es o no necesario el elemento subjetivo para que exista una donación, o solo basta con la causa de donar. Para lo anterior: i) expondremos el estado de la cuestión en la romanística relevante; ii) estudiaremos el elemento subjetivo en las fuentes jurisprudenciales; y iii) finalizaremos con las constituciones imperiales principales en el tema. Intentaremos afirmar si solo es necesario el elemento objetivo: la causa de la donación; o bien si es necesario el otro el elemento subjetivo, animus donandi, en la persona del donante.
dc.formattext/html
dc.languagees
dc.publisherUniversidad Católica del Norte
dc.relation10.4067/S0718-97532015000200008
dc.rightsinfo:eu-repo/semantics/openAccess
dc.sourceRevista de derecho (Coquimbo) v.22 n.2 2015
dc.subjectDonación
dc.titleEL "ANIMUS DONANDI"


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