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dc.creatorMatus Acuña,Jean Pierre
dc.date2017-12-01
dc.date.accessioned2019-04-25T13:18:42Z
dc.date.available2019-04-25T13:18:42Z
dc.identifierhttps://scielo.conicyt.cl/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S0718-97532017000200291
dc.identifier.urihttp://revistaschilenas.uchile.cl/handle/2250/73087
dc.descriptionResumen: El artículo ofrece una interpretación sistemática de las normas que regulan la responsabilidad de los directivos principales por delitos tributarios en Chile. Al respecto se propone: I) Que la regla del artículo 58 del Código Procesal Penal establece como principio básico el de intervención en el hecho; II) Que los artículos 33 de la Ley de Mercado de Valores y 155 de la Ley de Sociedades Anónimas establecen una presunción simplemente legal de esa intervención; y III) Que el artículo 99 del Código Tributario limita la responsabilidad de los intervinientes exclusivamente a aquellos que debían cumplir la obligación tributaria cuya infracción es constitutiva de delito.
dc.formattext/html
dc.languagees
dc.publisherUniversidad Católica del Norte
dc.relation10.4067/S0718-97532017000200291
dc.rightsinfo:eu-repo/semantics/openAccess
dc.sourceRevista de derecho (Coquimbo) v.24 n.2 2017
dc.subjectDelitos Tributarios
dc.subjectResponsabilidad de los Directivos Principales
dc.subjectSociedades Anónimas
dc.subjectReglas Especiales
dc.subjectChile
dc.titleEL ASPECTO OBJETIVO DE LA RESPONSABILIDAD PENAL DE LOS DIRECTIVOS PRINCIPALES POR DELITOS TRIBUTARIOS, SEGÚN LA LEGISLACIÓN CHILENA


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