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dc.creatorMarshall Barberán,Pablo
dc.date2010-01-01
dc.date.accessioned2019-04-30T16:40:17Z
dc.date.available2019-04-30T16:40:17Z
dc.identifierhttps://scielo.conicyt.cl/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S0718-52002010000100003
dc.identifier.urihttp://revistaschilenas.uchile.cl/handle/2250/79158
dc.descriptionEn este artículo se buscan dos objetivos. El primer objetivo es divulgatorio y consta de dos ejercicios. En primer lugar, se bosquejarán algunas de las características fundamentales de lo que en derecho comparado se ha tendido a llamar "efecto horizontal de los derechos fundamentales", intentando aclarar ciertas cuestiones que pueden dar lugar a malentendidos. Luego, se esbozarán las teorías que en el derecho comparado, alemán y norteamericano, han dado cuenta de tal institución desde un punto de vista abstracto y se complementará ésta visión con una visión institucional, que explicará o conformará lo que finalmente será una perspectiva de lo que el efecto horizontal de los derechos fundamentales puede o no significar. El segundo objetivo es crítico. Se sostendrá que cualquier teoría de la eficacia horizontal de los derechos fundamentales encuentra su límite en la distribución de competencias entre tribunales de control constitucional y tribunales de aplicación del derecho.
dc.formattext/html
dc.languagees
dc.publisherUniversidad de Talca. Centro de Estudios Constitucionales
dc.relation10.4067/S0718-52002010000100003
dc.rightsinfo:eu-repo/semantics/openAccess
dc.sourceEstudios constitucionales v.8 n.1 2010
dc.subjectEfecto horizontal
dc.subjecteficacia de la constitución
dc.subjectdistribución de competencias
dc.titleEL EFECTO HORIZONTAL DE LOS DERECHOS Y LA COMPETENCIA DEL JUEZ PARA APLICAR LA CONSTITUCIÓN


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