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dc.contributores-ES
dc.creatorANTONIO ESTEBAN LEIVA RABAEL; Universidad de Los Andes
dc.date2020-12-16
dc.date.accessioned2021-08-19T23:42:21Z
dc.date.available2021-08-19T23:42:21Z
dc.identifierhttp://www.rdpucv.cl/index.php/rderecho/article/view/1250
dc.identifier.urihttps://revistaschilenas.uchile.cl/handle/2250/175412
dc.descriptionEste trabajo presentar a las normas competenciales de derechos fundamentales como una propuesta desde la Teoría de los Derechos Fundamentales, para coordinar la libertad de configuración del Parlamento y el control de constitucionalidad. Se analizará esa teoría para sostener que la deliberación parlamentaria iusfundamental y el control de constitucionalidad se rigen por la Ponderación. Por ello, el respeto recíproco entre el Parlamento y Tribunal Constitucional, en esta materia, involucra a la competencial y a la ponderación. Como conclusión, el Tribunal Constitucional no podrá controlar la constitucionalidad de aquellas normas que previamente hayan sido objeto de la deliberación parlamentaria de acuerdo a la Ponderación. es-ES
dc.formatapplication/pdf
dc.languagees
dc.publisherPontificia Universidad Católica de Valparaísoes-ES
dc.rightsLa revista se encuentra registrada a nombre de :Pontificia Universidad Católica de ValaparaísoAvenida Brasil 2950Casilla 4059ValparaisoChileTeléfono: (56) (32) 2273000Fax: (56) (32) 2273183
dc.sourceRevista de Derecho de la Pontificia Universidad Católica de Valparaíso; Vol 54 (2020)es-ES
dc.subjectDerecho Constitucionales-ES
dc.subjectNormas sobre derechos fundamentales; Ponderación; Control de Constitucionalidad;Normas competenciales.es-ES
dc.titleLIBERTAD DE CONFIGURACIÓN Y CONTROL DE CONSTITUCIONALIDAD. El Parlamento y el Tribunal Constitucional desde la Teoría de los Derechos Fundamentales El Parlamento y el Tribunal Constitucional desde la Teoría de los Derechos Fundamentaleses-ES
dc.typees-ES
dc.typeen-US


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